Facturación entidades.
Recetas > Facturación entidades.
Una vez se han confeccionado los grupos de recetas se utiliza este proceso para imprimir los listados de facturación a las entidades aseguradoras.
Para ello debe seleccionar la entidad aseguradora a facturar en la ventana de entidades y hacer clic sobre el icono impresora. De esta forma se facturan todos los tipos de receta de la entidad, si sólo quiere facturar un tipo de recetas debe seleccionarla en la ventana inferior de esta pantalla (la que se refiere a los tipos de receta).
Es posible facturar sólo determinados grupos indicándolo en la ventana de los tipos de recetas en desde/hasta grupo a facturar.
Los grupos de recetas inicialmente están en situación Pendiente.
Cuando se imprime una facturación los grupos de recetas incluidos quedan en situación de Entregado.
Si desea que una vez obtenidos esos listados comience un nuevo ciclo de facturación (volver a numerar los grupos desde el principio) debe cerrar esa facturación mediante el botón Cerrar facturación. Cuando se cierra la facturación los grupos incluidos en ella quedan en situación Facturado.
Poder anular la última entrega.
Una vez impresa una facturación esta queda como entregada, y aunque se puede volver a repetir, es preciso ir línea por línea para indicar los desde / hasta de nuevo, mediante esta mejora podrá anular fácilmente la última entrega mediante el botón Anular entrega que se encuentra en la parte inferior de la pantalla.
Cierre de facturación.
Se realiza el cierre de los grupos indicados en el desde / hasta se cerrarán dichos grupos.
Mostrar los grupos facturados que se van a cerrar.
En el cierre de facturación se muestra una ventana informando de los grupos que se van a cerrar.
Aquí tiene la posibilidad de marcar que grupos se deben cerrar activando o desactivando la casilla Cerrar.
Mes de la facturación a cerrar.
En el cierre de facturación se solicita el mes al que corresponde la facturación a cerrar. A partir del sexto día del mes se ofrecerá por defecto el mes en curso, en los primeros cinco días será necesario que lo indique.
En cualquier caso se puede modificar, teniendo en cuenta:
- Si el mes indicado es inferior a otros meses de cierre se advertirá mediante un mensaje que existen fechas de cierre posteriores.
- Si entre el mes indicado y el del último cierre hay huecos se advierte de que faltan meses por cerrar.
- Si el mes indicado es igual al de otro cierre, se advierte de que en ese mes ya se ha realizado algún cierre.
Se debe indicar el mes de facturación, que es el mes que se va a cerrar. Si existen grupos todavía si entregar (imprimir) se presenta este otro mensaje.
Renumerar los grupos pendientes.
Una vez finalizado el cierre, si han quedado grupos sin cerrar, será necesario renumerarlos (ya que tras el cierre los que quedan pendientes tienen que comenzar por el 1).
Agrupar facturaciones cerradas en el mes.
En un mismo mes se puede haber cerrado más de una facturación. Se ha incluido la posibilidad de agrupar dos o más de estas facturaciones cerradas, siempre y cuando correspondan al mismo mes.
Resumen de la facturación por el total del mes.
Cuando se imprime una entrega se puede obtener también un resumen de la facturación de todo el mes, para ello basta indicarlo en la ventana que se presenta tras pulsar el botón Imprimir entrega.
Informe de facturación a Colegios.
Al seleccionar el botón Imprimir entrega se presenta esta ventana en la que puede activar la opción Impreso Colegio.
Para poder anular la facturación será necesario renumerar dichos grupos mediante el nuevo módulo Renumerar grupos de recetas que puede encontrar en Recetas > Facturación > Renumerar grupos de receta.
EXCLUSIÓN DE ESPECIALIDADES DE PVL SUPERIOR A 78,34 EUROS.
REAL DECRETO 1328/2003.
Desde el 1 de enero de 2004 para las especialidades de PVL superior a 78,34 euros, se excluirá de la escala de deducciones de la facturación del mes, el importe que exceda del citado precio de venta de laboratorio calculado en términos de PVP con IVA.
En el Resumen de facturación ya no se tendrán en cuenta dichos importes.
TARJETA SANITARIA.
DIFERENCIAS ENTRE LA FACTURACIÓN DE RECETAS Y LOS ENVÍOS DE TSI.
Recetas > Facturación > Facturación entidades.
En el proceso de facturación a entidades es posible cuadrar las recetas facturadas mediante este proceso con el envío de TSI:
En primer lugar debe acceder a Configuración > Empresa > Personalización y en la carpeta TSI hacer doble clic sobre la casilla Cuadrar facturación recetas. El dato Días para el cuadre de recetas se utiliza para limitar los días que se tendrán en cuenta para informar de las Recetas TSI enviadas no incluidas en facturación.
De forma que al imprimir entrega en el proceso de facturación a entidades se presenta este cuadro en el que le muestra la información de la facturación cruzada con el envío de TSI.
·1 Total recetas a facturar. ·2 Recetas enviadas TSI. ·3 Recetas pendientes de envío TSI. ·4 Recetas no incluidas en TSI. ·5 Recetas TSI enviadas no incluidas en facturación. La búsqueda de estas recetas se delimita en función de lo indicado en Configuración > Empresa > Personalización y en la carpeta TSI (bajo el epígrafe Días para el cuadre de recetas). |
Aquí puede decidir si continua o no con el proceso de facturación.
Deducciones.
Configuración.
Tablas de deducción.
En primer lugar, acceda a Recetas > Maestro tablas de deducción y compruebe si existen las siguientes tablas, en caso de que alguna no exista, debe darla de alta.
Entidades aseguradoras y Tipos de receta.
En las entidades aseguradoras y en sus diferentes tipos de receta hay que indicar si afectan o no las deducciones.
Real Decreto 5/2000 y Real Decreto 2130/2008.
Para que se consideren estos decretos en el cálculo de las deducciones es necesario indicarlo en cada uno de los tipos de receta afectados. Para ello acceda al menú Recetas > Entidades aseguradoras.
Asignación de la Tabla de deducción.
Seleccione la entidad o entidades correspondientes a la Seguridad Social (si trabaja con receta electrónica no olvide seguir los siguientes pasos con esa entidad también).
- Para la Seguridad social (y receta electrónica, si procede) debe asignar la tabla número 1, RD 5/2000.
- Para las Mutuas (MUFACE, ISFAS y Judicial) la tabla número 2, RD 2130/2008.
Tipo de receta.
Indique en los Tipos de receta que corresponda (consulte con su Colegio cuales son los tipos de receta afectados por las deducciones) si se deben aplicar las deducciones en la facturación. Para hacerlo, una vez seleccionada la entidad, sitúese en la carpeta Tipos de receta, pulse F3 o el icono para modificar , seleccione el tipo de receta y a continuación pulse el botón Detalle.
Se presentará una ventana en la que debe activar la opción Aplicar deducciones en la facturación.
Pulse Aceptar y repita la operación con todos los tipos de receta afectados.
RDL 8/2010.
Para indicar en que entidades se deben aplicar las deducciones del RDL 8/2010 debe acceder también a Recetas > Entidades aseguradoras.
- Seleccione las entidades afectadas (Seguridad Social, Receta electrónica, MUFACE, ISFAS y Judicial).
- Sitúese en la carpeta Facturación y active la opción Real Decreto Ley 8/2010.
Laboratorios.
Bdatos > Maestros > Laboratorios.
Para poder identificar en el proceso de pedidos los artículos afectados por el RDL 8/2010 es necesario indicar que laboratorios no están adheridos al acuerdo firmado entre el C.G.C.O.F., Farmaindustria y Fedifar.
Sólo debe marcar los laboratorios NO adheridos.
Forma de aplicar las deducciones del RDL 8/2010.
- A la farmacia se le deduce el total de la deducción que corresponda. En este importe está incluida tanto la parte que le corresponde a la farmacia, como la correspondiente al distribuidor y la del laboratorio.
- A través del Colegio, recibirá la parte de la deducción que corresponde al laboratorio, en virtud del acuerdo firmado entre el C.G.C.O.F., Farmaindustria y Fedifar. No todos los laboratorios están adheridos al acuerdo. En el informe de artículos afectados por el RDL 8/2010 se desglosa la parte correspondiente a los laboratorios adheridos y no adheridos.
- La parte de la deducción correspondiente a los centros distribuidores la gestionan ellos directamente aplicándolos en las facturaciones de los pedidos.
Informe de deducciones en la facturación.
Recetas > Facturación > Facturación entidades.
Una vez introducidos los grupos de recetas, puede realizar en cualquier momento la consulta de las deducciones por pantalla, para ello basta con hacer clic en el botón Deducciones.
Se presentará la siguiente pantalla:
En la parte superior izquierda de la pantalla debe indicar el mes y año de la facturación, pulse <ENTER> a continuación.
La información de las deducciones se presenta dividida en varias secciones:
Resumen.
Tabla. Nombre de la tabla de deducciones, puede haber más de una tabla, además de entidades sin tabla de deducción, como mutuas de seguro libre, etc. A la derecha dispone de una barra deslizadora que le permite consultar todas las deducciones.
Importe PVP. Se muestra el importe bruto de la facturación de las entidades que tienen asignada la anterior tabla de deducciones.
Aportación. Se muestra el importe de la aportación correspondiente a las entidades que tienen asignada la anterior tabla de deducciones.
Deducciones RDL 8/2010. Importe correspondiente a las deducciones del RDL 8/2010. En la parte inferior de la ventana puede consultar el detalle de estas deducciones, también puede obtener un listado con los artículos afectados por este decreto.
Deducciones. Se totalizan las deducciones correspondientes al RD 5/2000 para la tabla Seguridad Social y al RD 2130/2008 para la tabla de MUFACE, ISFAS y Judicial.
Liquidación tabla. El resultante de restar al bruto, la aportación y la suma de deducciones.
A continuación se muestra una pantalla ficticia con la información completa para que se vean los totales. En la práctica no se puede ver esta información completa, ya que no cabe en la pantalla, por eso debe utilizar la barra deslizadora de la derecha.
En la última línea se presentan los totales y el resultado de la liquidación.
Deducciones RD 5/2000 y RD 2130/2008.
Tabla Deducciones.
A la izquierda se muestra la lista con las distintas tablas de deducciones para que Vd. seleccione la que desee consultar.
A la derecha se presenta un cuadro con el desglose de conceptos que intervienen en el cálculo de deducciones de la tabla seleccionada a la izquierda.
Importe PVP bruto. Se muestra el importe bruto de la facturación de las entidades que tienen asignada la tabla de deducciones seleccionada a la izquierda.
Deducciones RDL 8 2010. Importe de las deducciones del RDL 8/2010, que se debe sustraer al importe PVP bruto para calcular la base de las deducciones.
Importe no afectado. Es el importe neto de las recetas de los tipos de receta a los que no se aplican deducciones. También se debe sustraer al importe PVP bruto para calcular la base de las deducciones.
Base deducciones. Es el resultante de restar el importe de las deducciones RDL 8/2010 y el importe no afectado al importe PVP bruto. A esta base habrá que restar el importe exento para calcular el importe de la deducciones aplicando la tabla de deducciones.
Importe exento. En las especialidades con margen fijo, este es el importe que corresponde a la diferencia entre el PVP del artículo y el mínimo de 143,04€. Este resultante está exento para el cálculo de la deducción.
Desde 1 de enero de 2004, para las especialidades de PVL superior a 91,63 euros, se excluye de la escala de deducciones de la facturación del mes, el importe que exceda del citado precio de venta de laboratorio calculado en términos de PVP con IVA.
(PVPIVA = (91,63 + 38,37 + 7,54) * 1,04 = 143,04 euros)
Ejemplo.
Fórmula para entidades afectadas por el RDL 8/2010
(PVP - RDL 8/2010) > 143,04
Exento = (PVP - RDL8/2010 - 143,04) * unidades
Para un producto de 200 euros con 7,5% del RDL8/2010 (15):
(200 - 15) > 143,04 200 - 15 -143,04 = 41,96 exento
Fórmula para entidades NO afectadas por el RDL 8/2010
(PVP) > 143,04
Exento = (PVP - 143,04) * unidades
Acumulado para deducciones. Restando a la Base deducciones el importe exento, se calcula el acumulado para aplicar la tabla de deducciones.
En la parte inferior se aplica la tabla y se calcula el importe de la deducción.
Deducciones RDL 8/2010
Entidad. Nombre de la entidad a la que corresponden las deducciones.
Importe PVP. Acumulado del importe a PVP de los artículos afectados por el RDL 8/2010. Puede obtener un listado detallado de los mismos mediante el botón RDL 8/2010 en la pantalla de la facturación de recetas.
Laboratorio. Parte de la deducción a cargo de los laboratorios.
Distribuidor. Parte de la deducción a cargo de los centros distribuidores.
Farmacia. Parte de la deducción a cargo de la farmacia.
Total. Total de la deducción.
Listado de la facturación y nuevo informe de deducciones.
Toda la información referente a las deducciones se puede consultar también en el listado del resumen de la facturación. A continuación se muestran ejemplos del listado:
Resumen de la facturación.
Nota. Los asteriscos a la izquierda del nombre del tipo de receta indican que se aplican las deducciones.
Listado de las deducciones RDL 8/2010.
Nota: Si en un tipo de receta existen artículos afectados por el decreto pertenecientes a laboratorios no adheridos, se imprime dicho tipo de receta en otra línea.
Listado con la liquidación y el resumen de las deducciones.
Listado de artículos afectados por el RDL 8/2010.
Recetas > Facturación > Facturación entidades.
Puede obtener un listado de los artículos afectados o no afectados por el RDL 8/2010. Para hacerlo basta con tener introducidas las recetas y hacer clic en el botón RDL 8/2010 situado en la parte inferior de la pantalla.
Al pulsar dicho botón se presenta esta ventana en la que puede elegir entre el listado de artículos afectados o no afectados por el RDL 8/2010 incluidos en la facturación.